TESORERIA
Velar por los fondos de OFECUM, controlando los cobros y pagos y llevando los libros necesarios.
Formalizar el Balance de Situación, la Cuenta de Resultados, la memoria Económica, el Presupuesto de cada ejercicio y cualquiera otro estado
financiero que por Imperativo legal o estatutario sea necesario, al objeto de someterlo a la Asamblea General.Efectuar toda clase de pagos, con el visto bueno del Presidente, que correspondan a obligaciones normales del Presupuesto o gastos extraordinarios debidamente aprobados.
Autorizar con su firma los documentos cobratorios de OFECUM.
Mantener actualizados, con las medidas pertinentes de administración y contabilidad, los Libros de Caja, Bancos y todos aquellos registros necesarios para el desarrollo de su función.
Ejecutar lo acordado por los órganos de gobierno de OFECUM en el ámbito económico, así como organizar todo lo relativo a los recursos de dicha
naturaleza.Todas aquellas que les sean atribuidas, en su caso por las normas del Reglamento de Régimen Interior que se encuentren vigentes. (Artículo 53).